Municipal
Motos: el Juzgado de Faltas dicta su primera sentencia por uso de escape libre
Luego de la modificación en la ordenanza de tránsito municipal de hace algunas semanas.
El Juzgado de Faltas de Laprida dictó la primera sentencia, ordenando el comiso de caño de escape no reglamentario para su posterior destrucción, luego de haber sido aprobada la Ordenanza Municipal 1647, hace pocas semanas, por parte del Concejo Deliberante de Laprida y que se encuentra vinculada a ruidos molestos ocasionados por motos.
La infracción realizada en los primeros días del mes de diciembre, forma parte del expediente del Juzgado de Faltas 609/2020 y la sentencia especifica que “previo a la restitución del motovehículo secuestrado en autos, se debe proceder a la colocación de la chapa patente y al cambio del caño de escape por uno reglamentario y procederse al comiso de aquel que se encuentra en infracción para ser remitido al Juzgado de Faltas de Laprida para su posterior destrucción”.
El texto de la Ordenanza establece que “se prohíbe la utilización de caños de escape antirreglamentarios, sin silenciador denominados “caños de escape libre” así como la incorporación de cualquier mecanismo generador de cortos y/o explosiones de motor en moto-vehículos, por generar contaminación ambiental y sonora. Ya sea que el rodado se encuentre circulando o estacionado en la vía pública o llevada de tiro, a excepción de aquellos que se encuentren transportados en vehículos de mayor porte. Ante la comprobación de la falta descripta se procederá al secuestro del rodado y al decomiso del caño de escape ilegal y/o del mecanismo incorporado al motor del mismo para generar ruidos innecesarios, lo que será remitido al Juzgado de Faltas para su destrucción. El rodado será devuelto previo pago de la multa y la colocación del caño de escape reglamentario respectivo. La multa será de 300 a 1000 Litros de gas oil”