El diputado de Unidad Ciudadana José Ignacio Rossi presentó un proyecto de ley para incluir el artículo 35 bis en el Código de Faltas y penar la difusión de videos sexuales, muchas veces utilizado para la pornovenganza.
La iniciativa, prevé sancionar hasta con 30 días de arresto a quienes difundan videos de contenido íntimo de carácter privado o doméstico por medio de las redes sociales, mensajería instantánea y sitios web siempre que no haya consentimiento.
Según especialistas, hoy “la pornovenganza es una contravención y las penas son mucho menores que si fuera un delito”. Dentro de las modalidades en que se ejerce la intimidación, la publicación de estos materiales ocupa uno de los primeros lugares del ranking de violencia de género.
En este sentido, la norma también establece multas económicas que van del 100% al 200% del haber mensual de un Agente de Seguridad bonaerense. Así, “el valor aumentará si se tratara de menores de edad, humillación a la víctima o si se persiguiera fines de lucro”, indica el articulado.
Cabe destacar, que a nivel nacional obtuvo media sanción una ley que incluye la pornovenganza en el nuevo Código Penal. En el artículo 493, prevé una pena dos años de prisión a quien difunda un video, una imagen o un audio de naturaleza sexual.