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Se aprobó la ley de paridad de género en los medios de comunicación

La norma alcanza a los servicios de gestión estatal bajo la esfera de Radio y Televisión Argentina SE, Contenidos Públicos SE, Télam SE, y todo otro servicio de comunicación del Estado Nacional que se cree luego de la sanción de esta ley.

La Plata, 12 Jun (Por InfoGEI).- La Cámara de Diputados convirtió en ley el proyecto para promover la paridad de género desde una perspectiva de diversidad sexual, en los servicios de radiodifusión sonora y televisada del Estado Nacional. La iniciativa fue aprobada con 134 votos afirmativos.

La norma alcanza a los servicios de gestión estatal bajo la esfera de Radio y Televisión Argentina SE, Contenidos Públicos SE, Télam SE, y todo otro servicio de comunicación del Estado Nacional que se cree luego de la sanción de esta ley.

Además, la normativa establece que los servicios de comunicación operados por prestadores de gestión privada a los que se otorgue el certificado de equidad en la representación de los géneros, tendrán preferencia en la asignación de publicidad oficial efectuada por el Sector Público Nacional.

Precisamente este punto fue el que mayores controversias planteó en el debate.

El proyecto fija que «la equidad en la representación de los géneros desde una perspectiva de diversidad sexual, debe aplicarse sobre la totalidad del personal de planta permanente, temporaria, transitoria y/o contratado, cualquiera sea la modalidad de contratación, incluyendo los cargos de conducción y/o de toma de decisiones».

También deberá «garantizarse una representación de personas travestis, transexuales, transgénero e intersex en una proporción no inferior al 1% de la totalidad del personal».

El incumplimiento de estas obligaciones por parte de los responsables de los servicios de comunicación operados por prestadores de gestión estatal dará lugar a sanciones, llamado de atención y apercibimientos.

Estas sanciones «no excluyen aquellas que pudieran corresponder en virtud del carácter de funcionaria o funcionario público del infractor o infractora».

El régimen de promoción para los servicios de comunicación operados por prestadores de gestión privada, con y sin fines de lucro, será creado por la autoridad de aplicación responsable.

Ese régimen «expedirá un certificado de equidad en la representación de los géneros para aquellos prestadores que incluyan dicho principio en sus estructuras y planes de acción».

Para acceder al registro y obtener el certificado, los servicios de comunicación operados por prestadores de gestión privada deben elaborar anualmente un informe, donde acrediten progresos en materia de equidad en la representación de los géneros desde una perspectiva de diversidad sexual. (InfoGEI) Mg

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