Región

La mediación y la nueva modalidad virtual

En el canal de YouTube del Colegio de Abogados de Azul se encuentra disponible la presentación del libro “La mediación y su nueva modalidad virtual”, de David Rosende.

La mediación online se convirtió en una herramienta jurídica invaluable, con un potencial de aplicación que excede las restricciones sanitarias que impuso la pandemia para el ejercicio profesional.

“El Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Azul puso en funcionamiento el Servicio de Mediación Voluntaria a Distancia online como una alternativa concreta, eficaz, rápida y oportuna de resolución de conflictos. Surgió de la iniciativa de las/os mediadores matriculadas/os de nuestra institución que contó con el apoyo inmediato de Gastón Argeri, su presidente, y de todo el Consejo Directivo”, sostiene Silvana Hanglin, integrante del Instituto de Mediación del Colegio.

La mediación se convierte, entonces, en una alternativa válida para resolver conflictos, una instancia diferente a la acción judicial, en donde las partes trabajan en la resolución de forma colaborativa y con la asistencia del mediador/a y sus letradas/os. Se trata de un espacio confidencial de diálogo, con igualdad de oportunidades para las partes.

“Fuimos preursores y pioneros en esta iniciativa: la virtualización digital que se logró en el último tiempo ha garantizado la interacción real de todo el territorio departamental y hoy podemos contar con un protocolo de mediación voluntaria online, al alcance de todos los profesionales del Colegio.

Las/os mediadores matriculadas/os del C.A.A. consideramos que la Mediación Voluntaria On Line es una oportunidad que nos pone de cara a la posibilidad de transformar el ejercicio profesional, maximizando las alternativas de resolución de conflictos disponibles para los justiciables”, concluyó Hanglin.

La importancia de la mediación virtual
En su libro, David Rosende brinda aspectos esenciales sobre esta herramienta jurídica. “El libro está desarrollado en dos partes. Una vinculada a la mediación propiamente dicha y presencial, anterior a la reforma. Luego, me aboco a la actual mediación, a distancia, sobre todo a partir del año pasado cuando se realizó la reforma legislativa de la Ley Nº 15.182 y demás resoluciones.

Hace tres años, publiqué el libro “Práctica del proceso de mediación en la provincia de Buenos Aires”, donde hice referencia a cuestiones inherentes al proceso, a las herramientas del mediador, al sorteo, notificaciones, etc.. Éste también es un libro pensado para mediadores, abogados y público en general, con el fin de difundir los aspectos claves del procedimiento.

¿Cuáles son las características específicas del procedimiento en Provincia?
En la actualidad, se sigue privilegiando la mediación a distancia, más allá de que se haya autorizado la presencialidad en varios departamentos judiciales. Lo específico es la normativa: si bien no obliga a usar determinada plataforma virtual, los mediadores utilizan la plataforma Zoom aunque cualquier plataforma que se utilice debe garantizar la identidad de las partes y la documentación necesaria, que se puedan videofilmar credenciales, DNI y que también asegure la confidencialidad, uno de los principios rectores de la mediación.

En caso de acuerdo, debe videofilmarse la conformidad de las partes. Las copias firmadas y las videofilmaciones se conservan por el término de un año por si se requieren para cualquier planteo judicial que pueda surgir.

¿En qué aspectos incidió favorablemente la implementación de este procedimiento virtual
durante las restricciones sanitarias?
Los mediadores, al igual que la mayoría de los abogados, nos habíamos capacitado a través de una propuesta de Provincia el año pasado y propiciábamos la mediación a distancia aunque no había normativa específica, hasta que se dictó en octubre de 2020 y un mes después, la resolución del Ministerio de Justicia de la Provincia que la reglamentaba.

Antes del ASPO, la mediación a distancia parecía prácticamente imposible porque no había normativa. Hoy eso ha quedado atrás y cualquier duda que pueda tener el magistrado puede evacuarlas a partir de las videofilmaciones que tiene el mediador.

La reciente sanción del Decreto Nº 600/21 -que es la reglamentación de la Ley de Mediación- puso en letra de ley muchas cuestiones que los mediadores ya hacíamos de guía de buenas prácticas.

Hoy, la normativa nos permite contar con criterios unificados, ofreciendo a mediadores de la Provincia las mismas herramientas y la misma ley.

Información útil
Para solicitar los servicios de Mediación Voluntaria Online, los interesados deberán consultar con su abogada/o de confianza quien los asesorará y será el encargado de enviar la respectiva solicitud al Colegio de Abogados Departamental.

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